Marcación vehicular según Resolución 3246 del 3 agosto de 2018 que «reglamenta la instalación y uso obligatorio de cintas retrorreflectivas en vehículos automotores tipo: Bus (Abierto, Chiva o Escalera y Cerrado). Microbús, Camión, Camioneta (Panel, Van, Estacas y Furgón), Tractocamión (Camión tractor), Volqueta, así como en los remolques y semiremolques con un peso bruto vehicular superior a las 0,75 toneladas, que transiten por las vías públicas o privadas que están abiertas al público, o en las vías privadas, que internamente circulen vehículos»
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